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Legislación.

Una selección de los textos legales en lo que afecta a la materia de sucesiones. Como todo el contenido de esta web, los documentos que se facilitan lo son exclusivamente con fines divulgativos e informativos, por lo que tendrá que tener en cuenta que el contenido auténtico se recoge en las publicaciones oficiales (BOE, boletines oficiales autonómicos y boletines provinciales).

1.- Derecho civil (común y foral)

En España existe multitud de legislación diferente según comunidades autónomas y territorios, aquí tiene el enlace a una serie de normas de importancia en la materia. Si quiere conocer más acerca del derecho común y foral acuda a la sección de temas (derecho común y foral).

Estado español

Título III del Libro III del Código civil "De las sucesiones".

Aragón

Código del derecho foral de Aragón, Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo.

Baleares

Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, texto refundido de la Compilación del Derecho Civil.

Cataluña

Libro IV.- Código civil de Cataluña, relativo a las sucesiones.

Extremadura

El fuero de Baylío (ley no escrita).

Galicia

Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.

Navarra

Ley 1/1973, de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral.

País Vasco

Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Valencia

Ley 10/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Régimen Económico Matrimonial (declarada inconstitucional por la STC 28 de abril de 2016).

 

2.- Derecho fiscal

2.1.- impuesto de sucesiones.

También hay que tener en cuenta que las comunidades autónomas y algunos territorios históricos, tienen competencias en esta materia.

Aquí tiene el enlace a una serie de normas de importancia en la materia. Éstos le reenviarán a la web del B.O.E. y a la web noticias.juridicas.com (ajena a la marca aherencias®).

Si quiere conocer qué beneficios fiscales existen según comunidades autónomas acuda a la sección de temas (beneficios fiscales).

Recuerde, además, que puede calcular el importe de este impuesto con nuestro programa de cálculo del impuesto de sucesiones.

No obstante tenga en cuenta que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de septiembre de 2014 abre la puerta para reclamar lo pagado indebidamente pues entiende que en el caso de que la competencia para liquidar corresponda al Estado Español, pueden aplicarse las bonificaciones previstas en la legislación autonómica. Infórmese aquí: discriminación no residentes.

Estado español

 

 
   

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

   

Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

   

Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas.

Andalucía

Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.

Aragón

Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, texto refundido en materia de tributos cedidos.

Asturias

Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado.

Baleares

Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en Materia de Tributos Cedidos por el Estado.

Canarias

Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, texto refundido en materia de tributos cedidos.

Cantabria

Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, texto refundido en materia de tributos cedidos.

Castilla La Mancha

Ley 8/2013, 21 noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.

Castilla y León

Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia
de tributos propios y cedidos.

Cataluña

Ley 19/2010, de 7 de junio, regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones.

Extremadura

Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.

Galicia

Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado.

La Rioja

Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

Madrid

Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado.

Murcia

Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos.

Navarra

Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, texto refundido en materia de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Valencia

Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos.

País Vasco

 

  Álava

Norma Foral 11/2005, de 16 de mayo, del Impuesto sobre sucesiones y donaciones.

  Guipúzcoa

Norma Foral 3/1990, de 11 de enero, del lmpuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

  Vizcaya

Norma Foral 4/2015, de 25 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

2.2.- Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana ("plusvalía municipal").

Cada ayuntamiento tiene potestad para establecer (dentro de determinados límites) el impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana. Para conocer los detalles del mismo hay que tener en cuenta las ordenanzas municipales. Aquí tiene las ordenanzas vigentes para el año 2020 en cada capital de provincia y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. No olvide que disponemos de una programa de cálculo.

 

Albacete
Alicante
Almería
Ávila
Badajoz
Barcelona
Bilbao
Burgos
Cáceres
Cádiz
Castellón de la Plana
Ciudad Real
Córdoba
La Coruña
Cuenca
Gerona
Granada
Guadalajara
Huelva
Huesca
Jaén
Las Palmas de Gran Canaria
León
Lérida
Logroño
Lugo
Madrid
Málaga
Murcia
Orense
Oviedo
Palencia
Palma
Pamplona
Pontevedra
Salamanca
San Sebastián
Santa Cruz de Tenerife
Santander
Segovia
Sevilla
Soria
Tarragona
Teruel
Toledo
Valencia
Valladolid
Vitoria
Zamora
Zaragoza
Ceuta
Melilla

3.- Aranceles

Los notarios y los registradores de la propiedad están sujetos a unos precios establecidos previamente. Aquí tiene el enlace a las normas fundamentales de esos aranceles. Recuerde que también disponemos de un programa de cálculo de honorarios notariales y otro de cálculo de honorarios de los registradores de la propiedad.

Arancel de los notarios
Arancel de los registradores

 

PRECIOS VIGENTES HASTA EL 1 DE ABRIL DE 2023
aherencias MARCA REGISTRADA Nº 2.945.034. REGISTRO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS Nº 2102940171.